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Que afecta a millones de españoles

El cambio a las transferencias bancarias a partir del 09/01/25

Las entidades se tienen que adaptar a la nueva normativa europea y movimientos entre bancos no podrán tener comisiones superiores a las transferencias ordinarias.

La entrada de Bizum en el mundo económico revolucionó la forma en que se enviaba dinero a otra persona. No solo para pagar en algunos comercios, también para entregar una cantidad desde nuestra cuenta del banco hasta la de un amigo o familiar en cuestión de segundos. Un auténtico cambio que puso en jaque a las tradicionales transferencias bancarias, que no llegan a su destinatario, generalmente, en el día en que se realizan.

Para eso están las transferencias inmediatas, en las que los bancos solían aplicar algún tipo de comisión. Pero ya no será así. A partir del próximo 9 de enero de 2025, las entidades bancarias no podrán cobrar comisiones a los clientes por realizar transferencias inmediatas. O, mejor dicho, en caso de haber comisiones no podrán ser superiores a las que se aplican en transferencias ordinarias.

Esto será así a partir del 9 de enero, cuando entrará en vigor el reglamento europeo acordado en el pasado mes de marzo. De forma paralela, todos los bancos estarán obligados a contar con transferencias inmediatas antes del 9 de octubre de 2025. Actualmente, las transferencias ordinarias deben abonarse en la cuenta del beneficiario, como tarde, al final del día (hábil) siguiente a cuando se ordenan, mientras que las inmediatas llegan en cuestión de segundos.

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